El Tribunal Supremo zanja la polémica: Donaciones en vida y la legítima hereditaria
¿Crees que una donación en vida a tu familiar predilecto te asegura una mayor parte de la herencia? Prepárate, porque el Tribunal Supremo ha dictaminado que no es tan sencillo. En una reciente sentencia, el Alto Tribunal ha establecido un criterio claro sobre cómo se deben considerar las donaciones realizadas en vida a la hora de calcular la legítima hereditaria.
¿Qué dice la sentencia del Supremo?
La sentencia, emitida en marzo de 2025, es contundente: las donaciones realizadas a un heredero, incluso si se ha estipulado una dispensa de colación, deben ser sumadas al caudal hereditario para proteger la parte que corresponde a los demás herederos forzosos. Esto significa que si recibiste una propiedad, una suma de dinero o cualquier otro bien en vida, este regalo se tendrá en cuenta al calcular la legítima.
El contexto legal: Artículos clave del Código Civil
La decisión del Supremo se basa en la interpretación de varios artículos del Código Civil, específicamente los artículos 818, 1036 y 636. Estos artículos establecen las reglas para el cálculo de la legítima y la consideración de las donaciones.
- Artículo 818: Regula el cómputo de las donaciones colacionables, obligando a agregarlas al caudal hereditario.
- Artículo 1036: Define la colación entre herederos forzosos, es decir, la aportación que cada uno debe realizar.
- Artículo 636: Delimita la libre disposición, es decir, la parte de la herencia que el testador puede dejar a quien desee.
¿Cómo afecta esto a las donaciones?
La clave está en sumar el valor actual de las donaciones al patrimonio que deja la persona fallecida (caudal relicto). De ahí se extrae la legítima, que es la porción mínima reservada a los herederos forzosos (hijos, descendientes y, en su defecto, ascendientes). La novedad radica en que, según el Supremo, toda donación relevante para la legítima debe computarse si superó los 1.500 euros, incluso cuando el testador hubiera indicado lo contrario mediante la dispensa de colación.
Pasos a seguir para reclamar la inclusión de donaciones
Si crees que una donación no ha sido correctamente contabilizada en la herencia, estos son los pasos a seguir:
- Reunir documentación: Escrituras de donación, recibos bancarios, notas simples del Registro.
- Solicitar inventario notarial: Incluir todas las donaciones en el caudal relicto.
- Intentar acuerdo extrajudicial: Negociar con el resto de herederos.
- Interponer demanda: Si no hay acuerdo, presentar una demanda en el juzgado.
Documentación y plazos clave
Para que la reclamación prospere, se necesita evidencia sólida. Es crucial, también, tener en cuenta los plazos: se dispone de 30 años para ejercitar acciones de petición de herencia y 5 años para reclamar el pago de la legítima.
Conclusión
La sentencia del Tribunal Supremo aclara el panorama en torno a las donaciones en vida y la legítima hereditaria. Queda claro que la dispensa de colación no exime de la obligación de computar las donaciones para el cálculo de la legítima, especialmente si superan los 1.500 euros. Ante cualquier duda, es fundamental buscar asesoramiento profesional para proteger tus derechos en materia de herencias y sucesiones.