Un trabajador de Manresa sufre un infarto y la empresa lo despide al día siguiente por no avisar desde la UCI que iba a faltar: ahora la empresa deberá pagarle 15.000 euros

Despido Nulo Tras Infarto: Una Empresa Condenada a Indemnizar a un Trabajador en Manresa

¿Imaginas ser despedido al día siguiente de sufrir un infarto y estar ingresado en la UCI? Pues esto le ocurrió a un trabajador en Manresa, y ahora la empresa deberá pagarle 15.000 euros. Esta impactante historia, que llega desde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ), pone de manifiesto la importancia de la protección laboral y la lucha contra la discriminación.

El Caso: Un Infarto, un Despido y una Batalla Legal

El trabajador, que se desempeñaba como peón, sufrió un infarto el 23 de marzo de 2022 y fue ingresado de urgencia en la UCI. Sorprendentemente, el 25 de marzo, la empresa le comunicó su despido disciplinario, con efectos desde el día anterior, alegando ausencia injustificada. Sin embargo, el TSJ ha dictaminado que este despido es nulo, considerándolo una discriminación por discapacidad asimilada a enfermedad de larga duración.

Los Hechos Clave:

  • El trabajador llevaba en la empresa desde agosto de 2021.
  • Su salario mensual bruto era de 1.730,53 euros.
  • Fue ingresado en la UCI tras un infarto.
  • La empresa alegó ausencia injustificada para justificar el despido.

El Fallo del Tribunal: Discriminación y Protección Laboral

El TSJ ha anulado el despido, obligando a la empresa a:

  • Readmitir al empleado.
  • Abonar los salarios de tramitación.
  • Pagar 15.000 euros por daños morales.

Para llegar a esta conclusión, el tribunal consideró tres elementos clave:

  • Duración de la limitación: La baja médica se clasificó como de “larga duración”.
  • Conocimiento empresarial: La empresa conocía la situación del trabajador.
  • Causalidad del despido: La ausencia, justificada por fuerza mayor, fue la causa real del despido.

El tribunal destacó que, aunque la Ley 15/2022 de igualdad de trato aún no estaba vigente en el momento del despido, la enfermedad puede ser asimilada a “discapacidad” si implica una limitación de larga duración que impide la participación plena en la vida profesional.

El Recurso y la Sentencia

El trabajador impugnó la decisión inicial del Juzgado de lo Social de Girona, que declaró el despido improcedente pero no nulo. El TSJ, tras analizar el caso, revocó esta decisión, reconociendo la discriminación y ordenando la readmisión y la indemnización.

Implicaciones y Consecuencias

Esta sentencia sienta un precedente importante, subrayando la necesidad de que las empresas extremen la prudencia ante bajas médicas de larga duración. La decisión del TSJ refuerza la protección laboral y la lucha contra la discriminación, incluso en ausencia de legislación específica. La empresa aún puede recurrir al Tribunal Supremo.

Conclusión

El caso del trabajador de Manresa es un claro ejemplo de la importancia de proteger los derechos laborales y combatir la discriminación. La sentencia del TSJ envía un mensaje contundente a las empresas: es fundamental actuar con prudencia y respeto ante las situaciones de enfermedad y baja médica. La decisión judicial no solo beneficia al trabajador afectado, sino que también establece un precedente importante para futuras impugnaciones por despido.

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